El Concilio de Jerusalén: Unidad, Evangelio y Autoridad en la Iglesia Primitiva

Análisis bíblico y teológico del Concilio de Jerusalén (Hechos 15) y su papel en la formación de la doctrina apostólica, la salvación por gracia y la unidad de la iglesia primitiva.

Uno de los momentos más decisivos en la historia de la iglesia primitiva fue el llamado Concilio de Jerusalén (Hechos 15). Allí no solo se resolvió una crisis pastoral, sino que se definió, por primera vez de forma explícita, la relación entre el Evangelio de la gracia y la ley mosaica, así como el principio normativo de la autoridad doctrinal apostólica. En juego no estaba un asunto secundario, sino el corazón mismo del mensaje cristiano: ¿es la salvación por gracia mediante la fe, o por la fe más la observancia de la ley?

Este episodio revela cómo la iglesia naciente discernió la voluntad de Dios no mediante imposiciones culturales, sino mediante la Escritura, el testimonio apostólico y la obra visible del Espíritu Santo, estableciendo un modelo normativo para la resolución de conflictos doctrinales.

¿Qué es doctrina?

La palabra doctrina (gr. didachē) significa literalmente enseñanza. En el Nuevo Testamento no se trata de opiniones privadas, sino del contenido normativo transmitido por Cristo a sus apóstoles y, por medio de ellos, a la iglesia. Jesús mismo estableció este mandato: “Enseñándoles que guarden todas las cosas que os he mandado” (Mt 28:20).

Por ello, la doctrina apostólica no es un agregado posterior, sino la forma autorizada del Evangelio mismo. Pablo afirma que la iglesia está: “Edificada sobre el fundamento de los apóstoles y profetas, siendo la principal piedra del ángulo Jesucristo mismo” (Ef 2:20).

Negar la centralidad doctrinal es socavar tanto la unidad como la identidad de la iglesia. La fe cristiana no es solo una experiencia espiritual; es una confesión revelada, una proclamación objetiva: Cristo es el Hijo de Dios, murió por nuestros pecados, resucitó, y somos justificados únicamente por la fe (Ro 3–5; 1 Co 15:1–4).

No existe evangelio sin doctrina. Pretender lo contrario es vaciar la fe de contenido y convertirla en mera subjetividad religiosa.

Contexto histórico del Concilio de Jerusalén (Hechos 15)

1. Dos comunidades, una fe, una tensión

El concilio reúne a los responsables de las dos principales comunidades cristianas del siglo I:

  • Jerusalén, mayormente judía, observante de la Ley mosaica.
  • Antioquía, mayormente gentil, formada bajo el ministerio de Pablo y Bernabé, donde el Evangelio se vivía sin circuncisión ni observancia ritual judía.

Este encuentro ocurre hacia el año 48 d.C., cuando la misión gentil ya llevaba más de una década desarrollándose con fruto evidente (Hch 11:19–26; 13–14). Antioquía, de hecho, es la primera comunidad donde los discípulos son llamados “cristianos”, lo cual indica una identidad que comienza a diferenciarse del judaísmo institucional.

El problema no era cultural, sino soteriológico: ¿Es suficiente la fe en Cristo para la salvación, o debe añadirse la observancia de la Ley?

2. El conflicto doctrinal: salvación por gracia o legalismo religioso

Algunos creyentes procedentes del judaísmo afirmaban: “Si no os circuncidáis conforme al rito de Moisés, no podéis ser salvos” (Hch 15:1).

Esta postura no era una cuestión secundaria de disciplina eclesial, sino una redefinición del Evangelio. Pablo la combatirá más adelante con extrema dureza en Gálatas, llamándola “otro evangelio” (Gá 1:6–9). La razón es clara: añadir requisitos legales a la fe es destruir la gratuidad de la gracia y reinstalar una justicia basada en obras (Ro 11:6).

Por ello, la iglesia de Antioquía envía una delegación oficial a Jerusalén para someter la cuestión al discernimiento apostólico.

Desarrollo del Concilio

3. La recepción en Jerusalén: una iglesia dividida

A su llegada, Pablo y Bernabé relatan lo que Dios ha hecho entre los gentiles. Sin embargo, algunos creyentes provenientes del fariseísmo insisten: “Es necesario circuncidarlos y mandarles que guarden la ley de Moisés” (Hch 15:5).

Aquí se revela una tensión profunda: para estos creyentes, la identidad religiosa judía seguía siendo estructural a la fe cristiana. No concebían una alianza con Dios sin circuncisión, sin Torah, sin observancia ritual.

Pero el cristianismo no es una reforma del judaísmo; es su cumplimiento escatológico en Cristo (Mt 5:17; Heb 8–10).

4. La intervención decisiva de Pedro: salvación por gracia, no por ley

Después de mucha discusión, Pedro toma la palabra y recuerda su experiencia con Cornelio (Hechos 10–11), donde Dios concedió el Espíritu Santo a gentiles incircuncisos: “Dios, que conoce los corazones, les dio testimonio, dándoles el Espíritu Santo lo mismo que a nosotros, y no hizo diferencia alguna entre nosotros y ellos, purificando por la fe sus corazones” (Hechos 15:8–9).

El argumento es teológicamente devastador contra el legalismo: Si Dios otorgó el Espíritu —señal inequívoca de salvación— sin circuncisión, ¿quién es el hombre para imponer lo que Dios no exigió?

Pedro concluye con una de las afirmaciones más claras de la soteriología neotestamentaria: “Creemos que por la gracia del Señor Jesús somos salvos, de igual modo que ellos” (Hch 15:11).

Esto invierte el razonamiento judío tradicional: no son los gentiles quienes deben salvarse “como nosotros”, sino nosotros como ellos: por pura gracia.

5. El testimonio misionero de Pablo y Bernabé

Después de Pedro, Pablo y Bernabé relatan las señales y maravillas que Dios había hecho entre los gentiles (Hch 15:12). El punto es claro: Dios no solo aceptó a los gentiles, sino que respaldó su fe con poder espiritual, confirmando que no estaban fuera del pacto, sino dentro del nuevo pueblo de Dios en Cristo.

Esto muestra que la doctrina no se define solo por tradición, sino por revelación confirmada por la acción soberana de Dios.

6. La intervención de Santiago: Escritura, continuidad y discernimiento pastoral

Finalmente interviene Santiago, líder de la iglesia de Jerusalén, quien enmarca el debate dentro de la Escritura: “Con esto concuerdan las palabras de los profetas…” (Hch 15:15).

Cita Amós 9:11–12 para mostrar que la restauración mesiánica de Israel incluía desde el principio la incorporación de los gentiles como gentiles, no como judíos ritualizados. Esto es crucial: La inclusión de los gentiles no es una innovación apostólica, sino un cumplimiento profético.

Santiago propone no imponer la Ley mosaica, pero sí establecer normas mínimas relacionadas con idolatría, inmoralidad sexual y prácticas alimenticias ofensivas para judíos creyentes (Hch 15:19–21). Estas no son condiciones de salvación, sino criterios de comunión eclesial y testimonio público.

La carta apostólica: doctrina, autoridad y consenso espiritual

La decisión se comunica por escrito: “Ha parecido bien al Espíritu Santo y a nosotros no imponeros ninguna carga más que estas cosas necesarias…” (Hch 15:28).

Esta fórmula es extraordinaria: no apela solo a autoridad humana ni a carisma espiritual, sino a consenso apostólico bajo la guía del Espíritu. Es el primer ejemplo claro de doctrina conciliar, no como imposición jerárquica, sino como discernimiento comunitario bajo revelación.

El resultado es inmediato: “Los hermanos se regocijaron por el consuelo” (Hch 15:31).

La doctrina verdadera no oprime; libera, edifica y produce gozo.

Significado teológico del Concilio de Jerusalén

1. Define el Evangelio de la gracia

Hechos 15 establece definitivamente que:

  • La salvación es por gracia, mediante la fe, sin obras de la Ley (cf. Ef 2:8–9; Ro 3:28; Gá 2:16).
  • La circuncisión, la dieta ritual y las observancias mosaicas no son requisitos del nuevo pacto.

Esto marca el quiebre definitivo con cualquier forma de soteriología legalista.

2. Establece la autoridad doctrinal apostólica

El concilio no apela a revelaciones privadas ni a experiencias aisladas, sino a:

  • Testimonio apostólico
  • Escritura profética
  • Obra visible del Espíritu
  • Discernimiento comunitario

Este patrón se convertirá en modelo para la formulación posterior de los credos cristianos.

3. Define la identidad de la iglesia como pueblo escatológico de Dios

La iglesia ya no se define por etnicidad, rito o linaje, sino por unión con Cristo por la fe (Gá 3:26–29; Ef 2:14–18). El pueblo de Dios ahora es multiétnico, transnacional y espiritual, sin perder continuidad con Israel, pero superando su estructura legal.

De Jerusalén a los Credos: continuidad doctrinal

El mismo impulso doctrinal que se manifiesta en Hechos 15 dará lugar, siglos después, a los grandes símbolos de la fe cristiana:

  • El Símbolo de los Apóstoles, usado en la catequesis bautismal primitiva.
  • El Credo Niceno-Constantinopolitano (325–381 d.C.), formulado para defender la divinidad de Cristo y la doctrina trinitaria frente al arrianismo.

Estas confesiones no inventan doctrina; sistematizan la fe apostólica transmitida desde el siglo I. Son continuidad, no innovación.

El núcleo confesional permanece: “Creo en Dios Padre Todopoderoso… y en Jesucristo, su único Hijo… concebido del Espíritu Santo… crucificado… resucitado… y en el Espíritu Santo… la santa Iglesia universal… el perdón de los pecados… la resurrección de la carne y la vida eterna.”

Esto es, esencialmente, la misma fe defendida en Jerusalén: salvación por la obra de Cristo, recibida por fe, no por obras de la ley.

Conclusión

El Concilio de Jerusalén no fue un simple ajuste administrativo, sino el primer acto magisterial de la iglesia cristiana, donde se definió el Evangelio frente al peligro del legalismo religioso. Allí se estableció que:

  • La salvación es por gracia, no por ritual.
  • La unidad de la iglesia se fundamenta en la verdad revelada, no en la uniformidad cultural.
  • La doctrina apostólica es normativa, no opcional.

Sin Hechos 15, el cristianismo habría quedado reducido a una secta judía más. Con Hechos 15, emerge como una fe universal, centrada en Cristo, gobernada por la gracia, y guiada por el Espíritu.

Negar la importancia doctrinal de este concilio es negar el proceso mismo por el cual el Evangelio fue preservado de corrupción teológica en su etapa fundacional.


Bibliografía

  • Biblia Reina-Valera 1960. American Bible Society.
  • Bruce, F. F. The Book of Acts. NICNT.
  • Stott, John. The Message of Acts. IVP.
  • Catecismo de Heidelberg, sección histórica y doctrinal.
  • González, Justo L. Historia del Cristianismo, Vol. I.

Descubre más desde TeoNexus

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.

¿Este contenido te fue de bendición? Déjanos saber tus opinión y compártelo con alguien que lo necesite.

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *